aguas territoriales, en Derecho internacional, la zona del mar inmediatamente adyacente a las costas de un estado y sujeta a la jurisdicción territorial de ese estado. Así pues, las aguas territoriales deben distinguirse, por una parte, de la alta mar, que es común a todos los países, y, por otra, de las aguas interiores, como los lagos totalmente rodeados por el territorio nacional o ciertas bahías o estuarios.,
históricamente, el concepto de aguas territoriales se originó en la controversia sobre el estado del mar en el período formativo del derecho internacional moderno en el siglo XVII. Aunque finalmente se mantuvo la doctrina de que el mar por su naturaleza debe ser libre para todos, la mayoría de los comentaristas reconocieron que, como cuestión práctica, un Estado ribereño debía ejercer cierta jurisdicción en las aguas adyacentes a sus costas., Se desarrollaron dos conceptos diferentes-que el área de jurisdicción debería limitarse al rango de disparo de cañón, y que el área debería ser un cinturón mucho mayor de ancho uniforme adyacente a la costa-y a finales del siglo XVIII estos conceptos se unieron en una visión de compromiso que propuso un límite fijo de 3 millas náuticas (1 Liga marina, o 3.45 millas estatutarias )., En 1793 los Estados Unidos adoptaron tres millas con fines de neutralidad, pero aunque muchos otros estados marítimos durante el siglo XIX llegaron a reconocer el mismo límite, nunca obtuvo una aceptación tan universal como para convertirse en una norma indiscutible del derecho internacional.
En el curso de este desarrollo histórico, quedó asentado que el cinturón de las aguas territoriales, junto con los fondos marinos y su subsuelo y el espacio aéreo por encima, está bajo la soberanía del estado ribereño., Esta soberanía sólo está condicionada por un derecho de paso inocente—es decir, un tránsito Pacífico que no perjudique el buen orden o la seguridad del Estado ribereño-para los buques mercantes de otras naciones. El derecho de paso inocente no se aplica a los submarinos sumergidos ni a las aeronaves, ni incluye el derecho a pescar.
sobre la anchura del cinturón no se ha desarrollado ningún acuerdo universal, excepto que cada Estado tiene derecho a un mínimo de tres millas náuticas., Las reclamaciones de más de 12 millas náuticas (22 km) comúnmente se encuentran con la oposición generalizada de otros estados, aunque en los años 1960 y 70 era evidente una tendencia a un límite de 12 millas náuticas; entre unos 40 estados que tomaron esta opinión fueron China, India, México, Pakistán, Egipto y la Unión Soviética.
distintas de las aguas territoriales propiamente dichas son las zonas de alta mar adyacentes en las que los Estados ribereños no reclaman derechos territoriales pero afirman una jurisdicción limitada para uno o más fines especiales., Estas zonas contiguas de 6 a 12 millas marinas (11 a 22 km) más allá de las aguas territoriales se reclaman con mayor frecuencia para la aplicación de las normas aduaneras y sanitarias, pero en algunos casos pueden establecerse para la protección de la pesca o para la seguridad. También se distinguen de las aguas territoriales las reivindicaciones hechas después de 1945 por muchos estados de la plataforma continental frente a sus costas, en la que podrían existir recursos potencialmente valiosos., Tales afirmaciones se reunieron con poca objeción de otros estados cuando se limita a la propia estantería, sin afectar el estado como en alta mar de las aguas de arriba, pero las acciones por parte de algunos estados, tales como Chile, Ecuador y Perú, los que afirmaban que la jurisdicción sobre las aguas así como de anaquel de hasta 200 millas náuticas (370 km) de la costa evocados amplia protesta como equivalente a lo inaceptable extensiones de aguas territoriales.,
una conferencia de las Naciones Unidas sobre el derecho del mar que se celebró en Ginebra en 1958 y a la que asistieron 86 Naciones elaboró una convención en la que se afirmaban los principios comúnmente aceptados de la naturaleza jurídica del mar territorial y el derecho de paso inocente. Esta Convención entró en vigor en 1964 y en 1970 había sido ratificada por casi 40 estados. En 1982, 117 naciones firmaron un tratado más amplio sobre el derecho del Mar. Véase también alta mar.