derecho del Mar, subdivisión de derecho internacional encargada del orden público en el mar. Gran parte de esta ley está codificada en la Convención de las Naciones Unidas sobre el derecho del Mar, firmada en diciembre. 10, 1982. La Convención, descrita como una» constitución para los océanos», representa un intento de codificar el derecho internacional con respecto a las aguas territoriales, las vías marítimas y los recursos oceánicos. Entró en vigor en 1994 después de haber sido ratificada por los 60 países requeridos; a principios del siglo XXI la Convención había sido ratificada por más de 150 países.,
de acuerdo con la Convención de 1982, las aguas territoriales soberanas de cada país se extienden hasta un máximo de 12 millas náuticas (22 km) más allá de su costa, pero se concede a los buques extranjeros el derecho de paso inocente a través de esta zona., El paso es inocente siempre y cuando un barco se abstenga de participar en ciertas actividades prohibidas, incluyendo pruebas de armas, Espionaje, contrabando, contaminación grave, pesca o investigación científica. Cuando las aguas territoriales comprenden estrechos utilizados para la navegación internacional (por ejemplo, los estrechos de Gibraltar, Mandeb, Hormuz y Malaca), los derechos de navegación de los buques extranjeros se ven reforzados por la sustitución del régimen de paso inocente por uno de paso en tránsito, que impone menos restricciones a los buques extranjeros., Existe un régimen similar en las principales vías marítimas que atraviesan las aguas de los archipiélagos (por ejemplo, Indonesia).
Más allá de sus aguas territoriales, cada país costero puede establecer una zona económica exclusiva (Zee) que se extienda a 200 millas náuticas (370 km) desde la costa. Dentro de la Zona Económica Exclusiva, el Estado ribereño tiene derecho a explotar y regular la pesca, construir islas e instalaciones artificiales, utilizar la zona para otros fines económicos (por ejemplo, la generación de energía a partir de las olas) y regular la investigación científica de buques extranjeros., De lo contrario, los buques (y aeronaves) extranjeros tienen derecho a circular libremente a través (y sobre) la zona.
con respecto al fondo marino más allá de las aguas territoriales, cada país costero tiene derechos exclusivos sobre el petróleo, el gas y otros recursos en el fondo marino hasta 200 millas náuticas desde la costa o hasta el borde exterior del margen continental, lo que sea más lejos, sujeto a un límite general de 350 millas náuticas (650 km) desde la costa o 100 millas náuticas (185 km) más allá de la isóbata de 2.500 metros (una línea que conecta puntos iguales de profundidad del agua)., Legalmente, esta zona se conoce como plataforma continental, aunque difiere considerablemente de la definición geológica de la plataforma continental. Cuando las aguas territoriales, las zonas económicas exclusivas o las plataformas continentales de los países vecinos se superpongan, se debe trazar una línea fronteriza mediante acuerdo para lograr una solución equitativa. Muchos de esos límites han sido acordados, pero en algunos casos, cuando los países no han podido llegar a un acuerdo, la frontera ha sido determinada por la Corte Internacional de Justicia (CIJ; por ejemplo, la frontera entre Bahrein Y Qatar) o por un tribunal de arbitraje (por ejemplo, la frontera entre Bahrein Y Qatar)., la frontera entre Francia y el Reino Unido). La forma más común de frontera es una línea equidistante (a veces modificada para tener en cuenta circunstancias especiales) entre las costas en cuestión.
la alta mar se encuentra más allá de las zonas descritas anteriormente. Las aguas y el espacio aéreo de esta zona están abiertos al uso de todos los países, excepto para las actividades prohibidas por el derecho internacional (por ejemplo, los ensayos de armas nucleares)., El lecho de la alta mar se conoce como la zona internacional de los fondos marinos (también conocida como «la zona»), para la cual la Convención de 1982 estableció un régimen jurídico separado y detallado. En su forma original, este régimen era inaceptable para los países desarrollados, principalmente debido al grado de regulación que implicaba, y posteriormente fue modificado ampliamente por un tratado complementario (1994) para atender sus preocupaciones., Bajo el régimen modificado, los minerales en el fondo oceánico debajo de la alta mar se consideran «patrimonio común de la humanidad», y su explotación es administrada por la Autoridad Internacional de los fondos marinos (ISA). Toda exploración o explotación minera comercial de los fondos marinos es llevada a cabo por empresas privadas o estatales reguladas y autorizadas por la Autoridad Internacional de los fondos marinos, aunque hasta el momento sólo se ha llevado a cabo la exploración. En caso de que se inicie la explotación minera comercial, se establecerá una empresa minera mundial y se le concederán emplazamientos de igual tamaño o valor que los explotados por empresas privadas o estatales., Los derechos y regalías de empresas mineras privadas y estatales y los beneficios obtenidos por la EMPRESA MUNDIAL se distribuirían a los países en desarrollo. Se alienta a las empresas mineras privadas a vender su tecnología y sus conocimientos técnicos a la empresa mundial y a los países en desarrollo.
en muchas cuestiones, la Convención de 1982 contiene normas precisas y detalladas (por ejemplo, sobre el paso inocente a través de las aguas territoriales y la definición de la plataforma continental), pero sobre otras cuestiones (por ejemplo, el paso inocente a través de las aguas territoriales y la definición de la plataforma continental)., seguridad del transporte marítimo, prevención de la contaminación y conservación y ordenación de la pesca) simplemente proporciona un marco, estableciendo principios generales pero dejando la elaboración de normas a otros tratados. En cuanto a la seguridad del transporte marítimo, varios tratados aprobados bajo los auspicios de la Organización Marítima Internacional (OMI), un organismo especializado de las Naciones Unidas, contienen disposiciones detalladas sobre la seguridad y la navegabilidad de los buques, la prevención de colisiones y la calificación de las tripulaciones. La OMI también ha adoptado estrictas normas anticontaminación para los buques., La contaminación del mar procedente de otras fuentes está regulada por varios tratados regionales, La mayoría de los cuales han sido aprobados bajo los auspicios del Programa de las Naciones Unidas para el medio ambiente. Las normas generales para la conservación y ordenación de la pesca en la zona económica exclusiva (donde se lleva a cabo la mayor parte de la pesca) establecidas en la Convención de 1982 se han complementado con directrices no vinculantes contenidas en el código de Conducta para la Pesca Responsable adoptado en 1995 por la organización de las Naciones Unidas para la agricultura y la alimentación., Los principios de ordenación de los pescadores de alta mar se establecen en el Tratado de las Naciones Unidas sobre las poblaciones de peces (1995), que regula las poblaciones de peces transzonales y las poblaciones de peces altamente migratorios, y en medidas detalladas adoptadas por varias comisiones regionales de pesca.
Los países tratan en primer lugar de resolver cualquier controversia derivada de la Convención de 1982 y sus disposiciones mediante negociaciones u otros medios convenidos de su elección (por ejemplo, arbitraje)., Si tales esfuerzos no tienen éxito, un país puede, sujeto a algunas excepciones, remitir la controversia para su solución obligatoria por el Tribunal Internacional de las Naciones Unidas para el derecho del mar (ubicado en Hamburgo, Alemania.), por arbitraje, o por la CIJ. El recurso a estos procedimientos obligatorios ha sido bastante limitado.