nuevo residente-Bienvenido a Florida!

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Usted puede ser considerado residente de Florida cuando:

  • ha comenzado un empleo o ha participado en un oficio, profesión u ocupación en este estado.
  • han inscrito a sus hijos en las escuelas públicas de este estado.
  • Se han registrado para votar en este estado.
  • han presentado una solicitud de exención de impuestos sobre la propiedad en este estado.
  • han vivido en este estado durante un período de más de seis meses consecutivos.,

como nuevo residente de la Florida, debe obtener una licencia de conducir válida de la Florida dentro de los 30 días posteriores al establecimiento de la residencia para conducir en las carreteras de la Florida. Además, debe obtener un seguro de un agente de seguros de la Florida que tenga licencia para vender seguros en la Florida con el fin de titularizar y registrar su vehículo(s), embarcación(s) y Casa móvil(s) dentro de los 10 días posteriores al establecimiento de la residencia.

licencia de conducir/tarjetas de identificación

Las solicitudes de licencias de conducir/tarjetas de identificación deben hacerse en persona en cualquier oficina local que ofrezca servicios de licencias de conducir., Al solicitar una licencia de conducir, se le dará una prueba de visión, sin embargo, puede ser elegible para recibir una licencia sin tomar una prueba escrita o de carretera.

el cargo por una licencia inicial de Florida Clase E (incluido el permiso de aprendizaje) es de 4 48.00, una licencia de conducir comercial (Clase A) es de 7 75.00 y los endosos son de 7 7.00 cada uno. El cargo por una tarjeta de identificación es de $25.00. La mayoría de las oficinas locales de recaudación de impuestos también cobran una tarifa de servicio de 6 6.25. Para obtener una lista completa de las tarifas de licencia de conducir, haga clic aquí.,

documentación requerida

para obtener una lista de la documentación requerida que necesitará para obtener una licencia de conducir de Florida o una tarjeta de identificación de Florida, haga clic en su estado de residencia aplicable a continuación:

ciudadano estadounidense

inmigrante

No Inmigrante

Canadiense

Título/registro

para vehículos con un gravamen:

  1. El título del estado está actualmente en posesión de un gravamen de otro estado, debe comunicarse con el gravamen para solicitar que el título se transfiera a Florida.,
  2. independientemente de si el gravador transferirá el título a Florida o no, debe registrar su vehículo.
    1. si el gravador se niega a transferir el título del estado anterior, solicite que se lo envíen por escrito con membrete. Una vez que obtenga esa carta, puede llevarla a un centro de servicio de vehículos motorizados para solicitar un registro.,
    2. si el gravador acepta que se transfiera el título a Florida, puede visitar un centro de servicio de vehículos motorizados local para completar la solicitud de Certificado de título con/sin registro (formulario HSMV 82040).

Para vehículos sin gravamen:

  1. Prepare un paquete que contenga lo siguiente: (tenga en cuenta: circunstancias especiales pueden requerir documentación adicional.,)
    • prueba de identidad (requerida para todos los propietarios)
    • prueba de seguro de Florida
    • Título original de otro estado
    • Al solicitar el título, todos los propietarios deben firmar una solicitud completa de Certificado de título con/sin registro (formulario HSMV 82040).verificación de la inspección física del número de identificación del vehículo (VIN) del vehículo motorizado, completada en una solicitud de Certificado de título con / sin registro (formulario HSMV 82040) o número de Identificación del vehículo y verificación del odómetro (formulario HSMV 82042)., El VIN debe ser inspeccionado físicamente y verificado por uno de los siguientes:
      1. Un oficial de aplicación de la Ley de cualquier estado.
      2. un concesionario de vehículos motorizados con licencia en Florida o fuera del estado. Si el Distribuidor se encuentra fuera del Estado, deben verificar la finalización de la verificación VIN en el membrete de su compañía.
      3. Un empleado del recaudador de impuestos del condado o un examinador de cumplimiento de la División de servicios de automovilistas (que puede ubicarse en cualquier centro de servicio local que ofrezca servicios de vehículos motorizados).,
      4. Mariscal Preboste u oficial comisionado en servicio militar activo, con un rango de 2do Teniente o superior.

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